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La tecnología de registros distribuidos (DLT)

DLT es una tecnología para el desarrollo de libros mayores de manera cooperativa, por parte de una comunidad de usuarios. No es, al menos en sentido riguroso, un sistema de procesamiento de transacciones; pero ciertamente sí es un sistema para el registro de transacciones.

Es el fundamento de las redes de criptodivisas, donde se intercambian monedas virtuales, pero puede ser empleada para muchas otras finalidades, incluyendo el registro de contratos y derechos contingentes.

El principal factor diferencial de un DLT es la ausencia de una autoridad central: es la propia red, a través de los protocolos programados a tal efecto, la que se encarga de validar las transacciones, de asentarlas en el libro, y de darles transparencia.

La lógica DLT

Los libros mayores han sido empleados desde el principio de la actividad económica para registrar las operaciones realizadas y los correspondientes saldos existentes entre las partes.

Internamente, y como parte del proceso contable, cada empresa lleva su propio mayor. Pero algunos de estos libros tienen una trascendencia especial: los registros de las entidades financieras contienen las posiciones deudoras y acreedoras de cientos de miles de clientes, y de millones de operaciones. El Registro de la Propiedad da fe pública de la titularidad de todos los bienes inmuebles; el Registro Mercantil asienta todas las operaciones corporativas con trascendencia para inversores y propietarios, así como la información financiera de las empresas. 

La característica común de estos registros es su centralización: existe un órgano investido de autoridad para validar las operaciones, asentar los movimientos, y dejar constancia de los derechos y obligaciones resultantes. En el caso de los movimientos financieros, la centralización implica que existe una autoridad - generalmente, una entidad financiera - que interviene todas las transacciones, y en la que las partes confían para el registro e incluso para la resolución de disputas. Esta configuración está justificada por razones de eficiencia transaccional, pero implica riesgos operacionales y de privacidad.

DLT se basa en un enfoque alternativo: un libro mayor colectivo gestionado por una comunidad de usuarios. Opera sobre una base de datos distribuida a lo largo de los nodos de una red, los cuales trabajan de forma cooperativa para validar y asentar las transacciones, y gestionar el libro. Todos los nodos/usuarios tienen derecho a participar en estas funciones transaccionales y de hecho todos poseen una copia del mayor, pero no pueden modificar unilateralmente el registro: las operaciones se registran solo cuando la transacción supera determinados controles de fiabilidad ("protocolos"), definidos por la comunidad.

El libro así construido posee algunas propiedades de interés. Es transparente, en el sentido de que todos los usuarios tienen acceso a todas y cada una de las transacciones, pero también resistente al fraude y robusto a la manipulación y/o fallos de tipo informático.

Esto representa una diferencia sustancial frente a la arquitectura cliente-servidor que subyace por ejemplo en Internet y en la mayoría de las redes empresariales, desde el punto de vista tanto tecnológico como de lo que podríamos denominar "social".

Los DLT, y en particular sus aplicaciones en el campo de las criptodivisas, entroncan con la ideología libertaria en cuanto defienden mecanismos basados en la individualidad, frente a aquellos otros diseñados en torno a la autoridad y, en particular, el Estado. Es importante diferenciar el pensamiento libertario del modelo de democracia liberal desarrollado a partir del siglo XVII (desarrollo de los derechos individuales, libertad, propiedad privada, igualdad ante la ley, oposición al absolutismo): la ideología libertaria contiene elementos de anarquismo y antiestatismo, y en el ámbito de lo económico aparece alineado con el anarcocapitalismo y la escuela austríaca (Von Mises, etc.), entre cuyas propuestas están los contratos de esclavitud (que consideran legítimos si son "voluntariamente" aceptados por el esclavo) y la abolición de los impuestos, que se interpretan como una violación de la propiedad privada.

En efecto, una de las razones subyacentes en el desarrollo de las criptodivisas es la voluntad de movilizar unidades de valor ("monedas digitales") al margen de los canales convencionales proporcionados por las entidades financieras y naturalmente también fuera del control de los Estados.

Blockchain, criptos y tokens

Una blockchain o cadena de bloques es un registro DLT estructurado en paquetes, cada uno de los cuales está enlazado con los adyacentes mediante algoritmos criptográficos. La cadena asienta transacciones de ciertas unidades de valor, denominadas bitcoins.

Estas monedas digitales son solo uno de los elementos que puede manejar un registro distribuido. La unidad a la que se refiere el registro se denomina en sentido amplio token y, dependiendo de la red, puede corresponderse con una moneda digital (como bitcoin o ether) o con cualquier otra cosa (quizá un inmueble, o un derecho contingente). Por ejemplo blockchain solo gestiona bitcoins; pero Ethereum permite transferir ether (una criptodivisa) y también contratos inteligentes. Estos smart contracts son token personalizados, es decir, pequeños programas que definen las estipulaciones de un contrato (qué tiene que ocurrir para que el contrato se active, qué derechos se generan, quiénes son las partes implicadas, etc.). Por ejemplo, la forma en que se van a repartir los resultados de una inversión (un proyecto, una empresa o un negocio), las reglas que rigen una subasta en Internet, o la realización de un pedido de mercancía a un proveedor cuando el inventario (medido por etiquetas RFID) descienda por debajo de un determinado nivel.

El smart contract se asienta en la cadena de bloques, de la misma manera que su fuese un movimiento de criptodivisas. De esta manera gana eficacia y seguridad, ya que es transparente para las partes y su ejecución está garantizada por la comunidad (de hecho, se ejecuta automáticamente).

Recuerde que:

  • La tecnología de cadena de bloques (blockchain) es solo una implementación de la lógica DLT
  • Un DLT o una blockchain pueden gestionar diferentes token, diferentes realidades: criptodivisas, propiedades inmobiliarias, derechos contingentes, etc.

No todo es maravilloso

Al margen del indudable éxito de blockchain y de sus prometedoras aplicaciones en el contexto empresarial, recuerde que como cualquier otra nueva tecnología, plantea riesgos e indeterminaciones.

Probablemente el aspecto más controvertido de la aplicación práctica de blockchain y DLT radica en su propia concepción libertaria: un registro distribuido responde a la lógica de una red de iguales en la que todos los nodos comparten la responsabilidad de gestión del mayor; la confianza no se genera en función del respaldo de una autoridad central, sino por la aplicación de unos protocolos previamente acordados por la comunidad. En realidad este planteamiento no es novedoso, al menos en perspectiva histórica; pero esa misma perspectiva pone de manifiesto que en un momento dado, cuando las transacciones se hicieron más frecuentes y complejas, la existencia de autoridades centrales se hizo necesaria por razones de eficiencia y operatividad. 

La idea de una red autogestionada puede ser viable en un contexto relativamente reducido como aquel en el que se desarrollaron las criptos inicialmente; pero plantea no pocas dificultades prácticas cuando se aplica en un contexto empresarial. No es tanto una dificultad técnica (se necesita únicamente el software adecuado para ello), como operacional, ya que esa cadena debe conectarse con las cadenas de los restantes agentes con los que opera la empresa, naturalmente también con los sistemas internos y con las herramientas de gestión. Es precisamente aquí donde puede surgir la necesidad de centralización, y la oportunidad para que determinados agentes ofrezcan sus propias cadenas, debidamente diseñadas para garantizar la interoperabilidad.

El mecanismo asambleario subyacente al menos en el origen de la cadena de bloques plantea un severo riesgo operacional: la idea básica es que la comunidad gestione su red con total libertad, lo que significa que una mayoría de esa comunidad podría modificar los protocolos de la red, las condiciones de uso de la red  o incluso los criterios de permanencia en ella: no hay garantía de seguridad jurídica ni de continuidad, porque la comunidad es libre para adoptar sus decisiones. Las discrepancias en el seno de las comunidades de usuarios DLT no son extraordinarias, y con frecuencia se producen bifurcaciones, o forks: cuando los token resultantes son compatibles se dice que se ha producido un soft fork, pero no es inusual que esos token sean completamente diferentes, y que cada rama de la cadena sea incapaz de manejar los token de la segunda (hard fork). En una situación así la empresa se vería obligada a elegir la bifurcación a la que desea adscribirse, sin garantía alguna de continuidad; obsérvese que esto representa un riesgo radical, porque lo que está en juego es la capacidad para registrar de las transacciones críticas de la empresa (y generar los estados contables, y ejercer el control de gestión, y liquidar los impuestos, y rendir cuentas a los accionistas, y documentar los compromisos de pago y los derechos de cobro, etc.). Ni siquiera hay garantías de que esa bifurcación se realice de forma amistosa, y por tanto planificada.

Finalmente, no podemos obviar el hecho de que el mecanismo de validación de las transacciones (el minado de los bloques) es, al menos en su forma actual, financiera y ambientalmente insostenible, hasta el punto de que se ha generado un nicho de negocio para que determinados agentes se ocupen exclusivamente de esta función, por tanto violando la filosofía DLT original - no son los miembros propiamente dichos de la comunidad, sino terceros especializados, quienes gestionan el registro -.